¿Te encuentras desempleado y no sabes que hacer? ¡Nada de que preocuparse! Aquí tenemos la solución a tus problemas. Quedarse sin trabajo es una de las tragedias que puede pasar cualquier persona. Para ello, debes consignar los Requisitos para desempleo en Puerto Rico.
En este articulo te mostraremos toda la información que necesitas para aplicar a un seguro de desempleo en Puerto Rico. Aquí podrás enterarte de quien no es apto para el proceso, beneficios de dicho seguro y muchísimo más.
¡Continua leyendo y no te pierdas ningún detalle!
TABLA DE CONTENIDO
Requisitos para desempleo en Puerto Rico
La División del Trabajo de los Estados Unidos extendió hasta el 29 de enero de 2021 el plazo para solicitar los beneficios de Asistencia de Desempleo por Desastre (DUA) para las personas afectadas por la Tormenta Tropical Isaías, en vista de que se ha procedido a la recuperación de los efectos de la misma.
Las personas que fueron utilizadas o empleadas de forma independiente y que viven en Aguada, Hormigueros, Mayagüez o Rincón, y que se quedaron sin trabajo como consecuencia inmediata de la tormenta tropical Isaías podrían calificar para obtener DUA.
Para calificar para los beneficios del DUA, el candidato debe:
- Haber solicitado los beneficios del Seguro de Desempleo (desempleo habitual) y haber obtenido una garantía de inelegibilidad para obtenerlos.
- Estar sin trabajo o semidesempleado como consecuencia inmediata de la catástrofe.
- Estar accesible para trabajar, excepto si se ha visto perjudicado como consecuencia inmediata del fiasco.
- Solicitar las prestaciones del No haber rechazado una propuesta de negocio razonable.
La solicitud del DUA está disponible en trabajo.pr.gov. Las solicitudes pueden presentarse en el buzón situado en la oficina más cercana del Departamento de Trabajo de Puerto Rico, de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., o a todos los efectos a través de Trabajo.pr.gov/DocUploader.
Para obtener las prestaciones del DUA, hay que presentar toda la documentación necesaria al Departamento de Trabajo y Recursos Humanos en un plazo de 21 días a partir del día en que se registra el caso.
La documentación requerida puede incluir el número de la Seguridad Social, el último duplicado de la Declaración de la Renta, el talón de cheque o la documentación que demuestre que el candidato estaba empleado o era un trabajador independiente en el momento de la catástrofe.
Requisitos para desempleo en Puerto Rico: ¿Quién no es elegible?
- Personas que ocupan puestos electivos
- Miembros de la Asamblea Legislativa o Jueza.
- Miembros de la Guardia Nacional Estatal o Aérea.
- Personas empleadas temporeras en caso de desastre natural.
- Puestos de confianza.
- Personas extranjeras sin autorización para trabajar en territorio americano.
- Personas empleadas que cobran por comisiones.
¿Quién si es elegible?
- Está cualificada cualquier persona que haya trabajado para el gobierno estatal, el gobierno central, organizaciones de carácter moderno y agrícola que tengan al menos un representante.
- Pueden ser utilizados a tiempo completo o de bajo mantenimiento.
- Lo más probable es que haya trabajado en cualquier caso medio año (2 trimestres) como trabajador ordinario en un periodo de tiempo de un año (4 trimestres).
- No es necesario haber trabajado cada uno de los medios trimestres seguidos. Lo importante es terminar el medio año completo (2 trimestres) dentro del plazo de un año (4 trimestres) que precede a la documentación de la solicitud.
Requisitos que debo cumplir mientras recibo los beneficios
Si te encuentras desempleado y quieres obtener una ayuda financiera, esta es tu solución, aquí podrás encontrar los requisitos necesarios para llevar a cabo el tramite en el seguro.
Una vez que hayas cumplido con ellos y por su parte ya hayas ingresado a dicho seguro en Puerto Rico, deberás cumplir con una serie de requisitos mientras estés recibiendo estos beneficios.
Algunos de ellos son los siguientes:
- Estar desempleada por causas ajenas a su voluntad.
-
Estar apta y disponible para trabajar.
-
Seguir buscando empleo.
Requisitos para desempleo en Puerto Rico: ¿Por cuánto tiempo puedo cobrar los beneficios?
Por lo general, el hecho de cobrar los beneficios puede sonar algo tedioso para las personas pero ciertamente es sencillo. Solo debes estar al tanto de la cuenta al que te van ingresar el dinero.
Por lo general, pueden optar por cuentas bancarias que ya poseas, muy raro es cuando deciden abrirte una nueva cuenta bancaria, pero esto ya es decisión de quien este a cargo del proceso
Una reclamación es válida por 52 semanas a partir de la fecha de efectividad. El reclamante es elegible a cobrar hasta 26 semanas de desempleo.
Requisitos para desempleo en Puerto Rico: ¿Si no me seleccionan como beneficiario, puedo apelar?
Sí. No solo usted puede apelar dicha decisión sino también la compañía que lo empleó. Ello se hace a través de un árbitro, la Secretaría del Departamento del Trabajo o del Tribunal.
Es importante que, tengan en cuenta que para esto pueden aplicar todas aquellas personas que tengan la necesidad de apelar, siempre y cuando cumplan con los requisitos mencionados en la parte superior.
Beneficios del seguro de desempleo
Las prestaciones de protección del desempleo son pagos en metálico a los trabajadores que han perdido su puesto de trabajo. Las ventajas también pueden incluir la cobertura sanitaria y la preparación para la ocupación mientras se busca trabajo.
No todas las personas pueden recibir prestaciones por desempleo, pero sí muchos especialistas. En el caso de que haya perdido su empleo, puede tener la opción de obtener prestaciones por desempleo mientras busca un nuevo puesto.
Cualquier obrero que trabaje para una empresa que utilice al menos a una persona está cualificado. Puede ser un empresario:
- Industrial
- Agrícola
- Gobierno Estatal
- Federal
Beneficios Básicos Semanales
Mínimo $60.00 – Máximo $240.00 semanales para el Programa Regular.
Mínimo $60.00 – Máximo $240.00 semanales para el Programa Agrícola.
Otros
- Programa de Adición de Prestaciones (PAB)
- También, programa que concede 26 semanas adicionales de remuneración por desempleo a los solicitantes que hayan trabajado en fundaciones en las que el Secretario del Departamento de Trabajo establezca que existe una circunstancia excepcional de desempleo, debido a cambios mecánicos o a la desaparición de una industria u ocupación.
- Programa de ayuda para el ajuste de los intercambios (TRA)
- Asimismo, el programa creado para conceder ventajas a los trabajadores que no tienen empleo en su totalidad o en parte debido a la expansión de las importaciones.
- Programa de Asistencia al Desempleo (DUA)
- El objetivo principal de este programa es conceder ventajas a las personas que no tienen trabajo a causa de una calamidad importante, pero que no están cubiertas por el Programa de Seguro de Desempleo Regular.
Ayuda telefónica
La División del Seguro de Desempleo del Departamento de Trabajo y Recursos Humanos ha dedicado dos números de teléfono para que los interesados puedan solicitar prestaciones, acumular o devolver su caso, obtener datos adicionales, enviar el último cheque y garantizar semanas adicionales.
Para los casos nuevos, los solicitantes pueden llamar al centro de llamadas de desempleo, conocido como «Call Center», que está previsto para que las personas gestionen el caso subyacente, abran nuevos casos o devuelvan casos de Seguro de Desempleo.
El número a llamar es el 787-945-7900; de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m., con excepción de las ocasiones.
De igual forma, los solicitantes que deseen documentar las reclamaciones resultantes, verificar la situación de su última cuota y la situación de su caso, pueden llamar al Sistema Interactivo de Respuesta de Voz, conocido como IVR, al 787-625-7900, el cual es accesible las 24 horas del día, los siete días de la semana.
La ley obliga a imponer graves sanciones a los solicitantes que den datos falsos para la obtención de beneficios. Una parte de los datos que proporcione en la construcción de su caso se confirmará con diferentes organizaciones que participan en el marco del comercio de datos.
- Si durante el transcurso de su caso cambia de domicilio o de ubicación privada, acuda a la oficina más cercana
- Si suspende su caso porque se utiliza o por alguna otra razón, puede volver más tarde, restaurar o establecer otro caso.
- Ninguna garantía es concluyente. Usted se reserva el privilegio de solicitar cualquier tipo de aseguramiento con el que se oponga a esta idea.
Dispone de quince (15) días para exigir un nuevo examen o aliciente, que se contarán a partir de la fecha de transmisión o envío del seguro. Mientras se encuentre en el ciclo de alureles, deberá continuar con sus casos cada dos (2) semanas.
¿Cómo reclamar mis beneficios semanales?
La División de Seguro de Desempleo del Departamento de Trabajo y Recursos Humanos ha hecho un Sistema de Voz Automatizado para servirle más fácilmente.
En realidad, usted querrá utilizar el marco para establecer o devolver su caso, obtener datos adicionales, último cheque enviado y semanas de garantía.
Asimismo, se le ofrece la opción de guardar sus cuotas de ventaja en su propia cuenta corriente o de inversión. El horario para establecer o retomar su caso será de 7:30 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a viernes.
El número a llamar es 787-625-7900 territorio metropolitano.
Las reclamaciones a medias deben ser enviadas a:
Rama de Trabajo y Recursos Humanos
Oficina de Seguridad Laboral
Apartado Postal 190797
San Juan, P.R. 00919-0797
¡Éxito!