Formulario DTOP-DIS-328: Qué es el Formulario DTOP-DIS-328, para qué sirve y sus requisitos

¿Formulario DTOP-DIS-328? Conducir un vehículo de motor es una ventaja, no un derecho, para lo que hay que cumplir una progresión de límites. El primero de ellos es obtener un permiso de conducir, ya que este informe acredita al titular para conducir un vehículo dentro de los puntos de corte controlados por un país o localidad.

En Puerto Rico, adquirir un permiso de conducir sugiere satisfacer las necesidades establecidas en la supuesta «Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico». Esta ley equivalente es conocida como la Ley No. 22-2000, y llena de razón a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas para permitir a los residentes el certificado legítimo.

Formulario DTOP-DIS-328

TABLA DE CONTENIDO

Qué es el Formulario DTOP-DIS-328

La estructura dtop-dis-328 es una estructura utilizada para solicitar la expedición de la declaración de permiso de conducción de vehículos de motor. Sea como fuere, esta estructura sirve además para otra capacidad, ya que puede ser utilizada igualmente para solicitar una tarjeta de identificación.

Las dos metodologías se ajustan a la Ley de Identificación Real del Gobierno de los Estados Unidos, que exige unos principios de prueba de distinción más estrictos en todos los ámbitos de los Estados Unidos. Es decir, se aplica dentro de las 50 condiciones de la nación, al igual que en Guam, las Islas Marianas del Norte, Samoa Americana, las Islas Vírgenes y Puerto Rico, obviamente.

El permiso de conducir es un archivo increíblemente, importante para cualquier individuo que reclama un vehículo en Puerto Rico y el resto del mundo. La gran cantidad de conductores que existen en el planeta hace que sea importante el control y la solicitud de los residentes que se permiten aventurarse a cada parte de las carreteras de la isla.

Formulario DTOP-DIS-328: Requisitos para el Formulario DTOP-DIS-328

    • Si es mayor de 16 años, pero menor de 18 años
    • El padre o madre deberá cumplimentar el Certificado de Patria Potestad frente a un Notario Público o Funcionario Autorizado.
    • El tutor legal deberá presentar un documento donde certifique la tutoría legal del menor y cumplimentar el Certificado de Patria
    •  Si es menor de 18 años de edad, deberá traer Certificación de una escuela o entidad evidenciando que el solicitante está estudiando o ha  completado el 4to año de escuela superior o su equivalente para ofrecerle examen de aprendizaje o examen de conducir; inclúyase Home Schooling, quienes deberán someter Declaración Jurada de los padres.
    •  Formulario DTOP-DIS-260 “Certificación Médica para Certificado de Licencia de Conducir”, la cual debe ser cumplimentada por un doctor  en medicina autorizado a ejercer la práctica en Puerto Rico. Todo certificado deberá tener no más de seis (6) meses de expedido al momento de someter la solicitud.
    • Licencia vigente de cualquier País o Estado con acuerdo de reciprocidad de la siguiente forma:
    • Reciprocidad Completa. Alemania, Taiwan (categoría conductor solamente) y los estados y territorios de los E.U.A. Con licencia vigente, no tomará ningún examen, pero si deberá presentar la certificación médica y pagar los derechos correspondientes. Si la licencia está vencida, deberá tomar ambos exámenes, sin necesidad de esperar el tiempo establecido.
    • El aspirante que sea poseedor de una Licencia de Conducir expedida por las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, vendrá obligado a  tomar el examen teórico y práctico, sin necesidad de obtener Certificado de Licencia de Conducir Categoría de Aprendizaje.
    • Todo solicitante por reciprocidad vendrá obligado a entregar los siguientes sellos:

Formulario DTOP-DIS-328

Otros a considerar

    • Sello de Rentas Internas por valor de un (1) dólar para cumplir con la Ley Núm. 296 de 25 de diciembre de 2002, “Ley de  Donaciones Anatómicas de Puerto Rico”.
    • Comprobante de Rentas Internas por valor de dos (2) dólares, codigo (2028) para cumplir con la Ley Núm. 24-2017 “Cargo Especial  para el Centro de Trauma de Centro Médico”.
    •  Se retendrá la Licencia de Conducir vigente que posea el solicitante al recibir el Certificado de Licencia de Conducir de Puerto Rico de la  categoría para la cual cualifique.
    • De estar en función la renovación de licencia de conducir categoría (3), o sea, de conductor por el portal del gobierno (www.pr.gov.), el  poseedor de dicha licencia sólo vendrá obligado a cumplir con los requisitos que autorizan su uso. Entre otros, pago de once (11) dólares en sellos de Rentas Internas, más dos (2) dólares por comprobante de Rentas Internas para el Centro de Trauma de Centro Médico.
    • Número de Seguro Social, presentando el original de uno o más de los siguientes documentos:

Documentos generales

Presentando el original de uno o más de los siguientes documentos:

    • Tarjeta de Seguro Social (no puede estar laminada), Forma W-2, “Wage and Tax Statement”, Forma SSA-1099, “Social Security Benefit Statement”, Talonario de Pago donde aparezca el nombre del solicitante y el número de Seguro Social verificable conforme a los procedimientos establecidos para ello en la Ley Federal de Identificación Real de 2005, “US Military Identification Card”, copia ponchada de la Planilla Estatal o Federal correspondiente al año en que se solicite la tarjeta de identificación o al año inmediatamente anterior.
    • Presencia legal y fecha de nacimiento, presentando el original de uno o más de los siguientes documentos:
    • Pasaporte de los Estados Unidos, Certificado de Nacimiento (versión vigente), para documentos alternos refiérase al Formulario DTOP-DIS-259 “Documentos para Certificar Presencia Legal y Fecha de Nacimiento”.
    •  Un documento que no deberá tener más de dos (2) meses de emitido que nos evidencie su dirección residencial permanente (Ejemplo: recibo de agua, luz, teléfono, celular, banco, etc.) de ser necesario favor de referirse al Formulario DTOP-DIS-262 “Documentos para probar la Dirección Residencial Permanente”.
    • Si el documento no está a su nombre la persona a cuyo nombre este el documento, deberá autorizarlo mediante Formulario DTOP-DIS-156 “Certificación de Residencia Principal” e incluir copia de una identificación fehaciente de la persona.
    • En caso de persona extranjera deberá mostrar evidencia de su presencia legal en los Estados Unidos a la fecha de someter la solicitud.
    • Pagar toda Multa Administrativa, (si aplica).
    • Certificación de ASUME, (si aplica).
    • Certificación de ACAA, de tener deuda por servicios médicos

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Dónde obtener ayuda para el Formulario DTOP-DIS-328

En los Centros de Servicios al Conductor, CESCA, le pueden brindar asesoría gratuita con relación a los trámites que se efectúan con el formulario dtot-dis-328. Puede descargar el formulario dtop-dis-328 en el siguiente enlace del Gobierno de Puerto Rico.

Además, el establecimiento ha puesto a disposición de los candidatos otro sistema de instrucción para controlar a los grupos que acuden al CESCA de forma constante. Se trata de un canal de YouTube conocido como «Cesco TV», en el que se podrán obtener datos exactos y explícitos sobre las diferentes gestiones que el establecimiento realiza con los clientes, especialmente en lo que se refiere al Real ID.

Cabe destacar que las nuevas licencias de conducir serán legítimas por un límite de 6 años, ya que se ha concluido que la fecha de terminación del permiso armonizará con la fecha de nacimiento del individuo. Por lo tanto, la fecha de caducidad de este permiso de identificación real será el mismo día del cumpleaños del titular, sin superar el límite de 6 años.

Formulario DTOP-DIS-328: Quiénes deben tener su licencia de conducir

Este tipo de registros mencionados a través de la estructura dtop-dis-328 sólo es relevante para métodos específicos, por ejemplo, los registrados a continuación:

    • En el momento en que un individuo que no tiene una identificación desea ir dentro o a cualquiera de los dominios de Estados Unidos anteriormente mencionados, debe tener su permiso de conducir o Real ID.
    • Del mismo modo, los individuos que deseen hacer un viaje desde Puerto Rico a uno de los 50 estados o cualquier localidad de los Estados Unidos deben tener un permiso de conducir o Real ID.
    • Cualquier individuo que visite una estructura gubernamental confinada debe tener un permiso de conducir o Real ID para que se le permita la sección.
    • Cualquier persona que desee visitar una oficina atómica debe tener un permiso de conducir o Real ID.
    • Para entrar en las instalaciones del ejército, debe tener su permiso de conducir o Real ID.
    • Para viajar a casa, es decir, dentro de la localidad de los Estados Unidos, usted debe tener su permiso de conducir o Real ID.

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Ten en cuenta:

A pesar de que puede seguir utilizando su permiso de conducir habitual o Real ID por ahora, a partir de octubre de 2020, será necesario tener sus registros de acuerdo con el Real ID. Este es el momento en que usted debe terminar los requisitos previos de la estructura dtop-dis-328, que como se ha revelado anteriormente se aplica tanto al permiso de conducir y la tarjeta de identificación.

Sin embargo, no es importante que esperes hasta esta fecha para hacer tu solicitud, puesto que ya estarías en condiciones de ir a los destinos indicados por el Departamento de Transportes y Obras Públicas. Puedes solicitar y obtener el permiso de conducir y el carné de identidad real en los Centros de Atención al Conductor, generalmente llamados CESCA.

¡Éxito!

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